El concepto de prejuicio encuentra su raíz etimológica en el latín praeiudicium, entendido como ‘juicio previo’ o ‘decisión prematura’. Se le define en dos acepciones complementarias. Uno, como la acción y efecto de prejuzgar; y dos, como una opinión previa y tenaz, por lo general desfavorable, acerca de algo que se conoce mal. La UNESCO, en su Declaración sobre la Raza y los Prejuicios Raciales (1978) establece que el prejuicio es una construcción ideológica basada en la ignorancia y en la voluntad de sustituir los principios de dignidad e igualdad por el dogma de la desigualdad de los hombres y de las razas. La psicología social y la doctrina de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OHCHR) han operacionalizado esa distinción en una tríada de orden cognitivo (creencia), de orden afectivo y actitudinal (emoción), y por último, de orden conductual y jurídico (predisposición a actuar).



